COMPRA DE PROPIEDADES EN ESPAÑA. IMPORTANCIA DE CONFIRMAR EL ESTADO CIVIL.
Si va a comprar una propiedad en España, para algunos países como Francia, Bélgica, Italia, Alemania, Suecia, Canadá, Estados Unidos, América Latina, etc. es importante confirmar el régimen legal de los compradores. Normalmente, existen dos tipos de matrimonio según el país:
COMUNIDAD DE PROPIEDAD:
Francia, Alemania, Bélgica, Países Bajos, Suecia, Suiza, Dinamarca, Noruega, Polonia, Luxemburgo, Estados Unidos (algunos estados)
En estos países, el sistema básico es el sistema de comunidad de bienes después del matrimonio.
SEPARACIÓN DE BIENES:
En otros países, comoReino Unido, Irlanda, Escocia, EE.UU. (algunos de los estados), Turquíay países musulmanes, se trata de laseparación de bienes<. /em>.
Sin embargo, muchos de nuestros clientes franceses, belgas, holandeses, etc., están casados en “separación de bienes”, es decir, han elegido un régimen que no es la base de su país. Si este es el caso, debemos informarle que al final del proceso de venta deberá aportar un contrato de matrimonio ORIGINAL, legalizado ante notario, con la apostilla. , y traducido al español (en caso de que el notario no hable su idioma).
En este sentido, suele suceder que el comprador que quiere acreditar su régimen matrimonial debe conocer el documento que debe aportar para acreditar su régimen matrimonial. Muchos de ellos vienen con un extracto del registro civil donde se acredita que están casados, pero este informe no establece el régimen matrimonial, así que cuidado con eso.
Por lo tanto, el comprador que esté casado en “separación” de bienes y sea nacional de uno de los países con sistema de “comunidad” de bienes deberá obtener uno de los siguientes documentos:
– Contrato de matrimonio original – En este caso, si es “original” y emitido por el juez de paz, o por cualquier entidad pública como el concejo municipal, etc., la apostilla n no es necesario De hecho, algunos países, como Francia, Bélgica, etc., han celebrado acuerdos con España indicando que, cuando el documento procede de un organismo público, está exento de la obligación de apostillarse. Pero por norma general nuestro despacho recomienda que siempre es mejor obtener la apostilla en todos los casos, esto nos dará seguridad.
– Copia del contrato matrimonial notariado – En este caso se debe obtener la apostilla, porque tal acta notarial, al no provenir de un organismo público, sino del notario, debe estar apostillada.
En el caso de quienes, procedentes de uno de los países donde el sistema es ganancial, y casados por separación, y no aportan el contrato matrimonial, podrá hacerse la venta. El notario español autorizará la venta. Sin embargo, pueden ocurrir los siguientes problemas:
– Que, si se decide comprar sólo por uno de los cónyuges, la propiedad pueda registrarse a nombre de ambos (en el régimen “comunitario”).
– Si el comprador compra con hipoteca, el banco podrá negarse a aprobar el préstamo si no se acredita el régimen matrimonial.
Por ello, te recomendamos que, si quieres comprar una propiedad en España, y procedente de uno de los países donde el sistema matrimonial básico es la comunidad de bienes,:
– Localiza el original de tu contrato matrimonial, visualízalo y haz que un traductor oficial lo traduzca al español.
– Si no tienes el original, debes acudir a un notario de la región que acredite tu régimen matrimonial mediante escritura pública, luego apostila la escritura notarial y la traduce.
– También puedes obtener un extracto del registro civil (donde debe acreditarse tu estado civil como “separación”), y traducirlo apostillado + al español.